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ORDEN de 11 de febrero de 2003, por la que se
acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma
de Andalucía de un bien mueble integrante del Patrimonio
Histórico de Andalucía. (BOJA 41 de 3 de marzo
de 2003)
Doña Esperanza Gamero Terán oferta la donación
de la obra Chaleco y Chaquetilla de niño, que se relaciona
en el anexo. El bien que se dona a la Comunidad Autónoma
de Andalucía para su destino en el Museo de Artes y Costumbres
Populares de Sevilla, resulta de gran interés para los fondos
de este Museo, ya que incrementa las colecciones textiles del siglo
XIX existentes en el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla.
El Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla informa con
fecha de 23 de diciembre de 2002 sobre el interés del bien
ofertado, formalización de la oferta que tuvo lugar por la
propietaria el 14 de junio de 2002. Con fecha 2 de diciembre de
2002 informa favorablemente la Subcomisión de Adquisiciones
de Bienes Muebles de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles,
sobre la idoneidad del mencionado bien para el Museo de Artes y
Costumbres Populares de Sevilla.
La Ley 1/93, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,
faculta en su artículo 91.1.a) a la Consejería de
Cultura, para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles
integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación
queda exceptuado del requisito de previa aceptación por Decreto
del Consejo de Gobierno previsto en el artículo 80 de la
Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Los efectos del artículo 91.1 deben considerarse extendidos
a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de
nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados
de interés cultural o inscritos en el Catálogo General
del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por lo expuesto, y vistos los informes mencionados, y a propuesta
de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico
de 3 de febrero de 2003
R E S U E L V O
Primero. Aceptar la donación del bien denominado Chaleco
y Chaquetilla de niño, relacionado en anexo, dispuesta por
doña Esperanza Gamero Terán, y del que se toma posesión
en este acto por la Consejería de Cultura.
Segundo. Adscribir y depositar el citado bien en el Museo de Artes
y Costumbres Populares de Sevilla, cuyo Director Levantará
acta de recepción definitiva, en la que se Mencionará
la presente Orden de Aceptación de la donación. Consecuentemente,
el bien Ingresará en el Museo de Artes y Costumbres Populares
de Sevilla en concepto de depósito de la Junta de Andalucía,
que lo acuerda en calidad de Administración gestora y en
virtud a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Real Decreto
620/1987, de 10 de abril.
Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa se
Podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo
con lo previsto en el art. 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer
contra esta Orden recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso
no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo
anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa
o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto
en los arts. 116 y siguientes de la Ley 30/92 de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13
de enero de 1999.
Sevilla, 11 de febrero de 2003
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
A N E X O
Autor: Anónimo.
Título: Chaleco y Chaquetilla de niño.
Técnica: terciopelo rojo.
Medidas: 315 mmx565 mm (Chaleco); 340 mmx590 mm
(Chaquetilla).
Cronología: finales del siglo XIX.
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