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ORDEN de 21 de noviembre de 2001, por la
que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma
de Andalucía de un bien mueble integrante del Patrimonio
Histórico. (BOJA 2 de 5 de enero de 2002)
Don Antonio Velasco García oferta la donación
de un traje negro de seda labrada formado por chaquetilla y falda
larga, relacionado en Anexo. El bien, que se dona a la Comunidad
Autónoma de Andalucía para su destino en el Museo
de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, es de gran interés
para los fondos de este Museo, ya que completa las colecciones textiles
del Museo.
El Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla informa con
fecha 10 agosto de 2001 sobre el interés de los bienes ofertados.
Con fecha 12 de noviembre de 2001 informa favorablemente la Comisión
Andaluza de Bienes Muebles sobre la idoneidad del mencionado bien
para el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla.
La Ley 1/1991, de 3 de julio, del Patrimonio Histórico de
Andalucía, en su artículo 91.1 faculta a la Consejería
de Cultura para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación
queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto
del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Por lo expuesto, vistos los informes mencionados, y a propuesta
de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico
de 20 de noviembre de 2001,
R E S U E L V O
Primero. Aceptar la donación del bien denominado traje
negro de seda labrada formado por chaquetilla y falda larga, relacionado
en Anexo, dispuesta por don Antonio Velasco García, y del
que se toma posesión en este acto por la Consejería
de Cultura.
Segundo. Adscribir y depositar el citado bien en el Museo
de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, cuyo Director levantará
acta de recepción definitiva, en la que se mencionará
la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente,
el bien ingresará en el Museo de Artes y Costumbres Populares
de Sevilla en concepto de depósito de la Junta de Andalucía,
que lo acuerda en su calidad de Administración gestora y
en virtud a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Real Decreto
620/1987, de 10 abril.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, potestativamente y en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su notificación, recurso
de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, conforme
al artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero), o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de acuerdo con
lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/98, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de noviembre de 2001
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
A N E X O
Identificación: Traje negro de seda labrada formado por chaquetilla
y falda larga.
Técnica: Confección en seda.
Medidas: 530 x 410 (chaqueta) y 1.080 mm (falda).
Fecha: Finales del XIX y principios del siglo XX.
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