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ORDEN de 21 de noviembre de 2001, por la
que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma
de Andalucía de dos bienes muebles integrantes del Patrimonio
Histórico. (BOJA 2 de 5 de enero de 2002)
Doña Emilia Carballido Gómez oferta
la donación de una cuna de tipo balancín y un camisón
de novia, relacionados en Anexo. Los bienes, que se donan a la Comunidad
Autónoma de Andalucía para su destino en el Museo
de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, son de gran interés
para los fondos de este Museo, puesto que los dos bienes completan
las colecciones de mobiliario y textiles del Museo.
El Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla informa con
fecha 27 de septiembre de 2001 sobre el interés de los bienes
ofertados. Con fecha 12 de noviembre de 2001 informa favorablemente
la Comisión Andaluza de Bienes Muebles, sobre la idoneidad
de los mencionados bienes para el Museo de Artes y Costumbres Populares
de Sevilla.
La Ley 1/1991, de 3 julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
en su artículo 91.1, faculta a la Consejería de Cultura
para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación
queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto
del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Ley 4/1986 de 5 de mayo.
Por lo expuesto, vistos los informes mencionados, y a propuesta
de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico
de 20 de noviembre de 2001,
R E S U E L V O
Primero. Aceptar la donación de los bienes denominados
cuna de tipo balancín y camisón de novia, relacionados
en Anexo, dispuesta por doña Emilia Carballido Gómez,
y de los que se toma posesión en este acto por la Consejería
de Cultura.
Segundo. Adscribir y depositar los citados bienes en el Museo
de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, cuyo Director levantará
acta de recepción definitiva, en la que se mencionará
la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente,
los bienes ingresarán en el Museo de Artes y Costumbres Populares
de Sevilla en concepto de depósito de la Junta de Andalucía,
que lo acuerda en su calidad de Administración gestora y
en virtud a lo dispuesto en el artículo 9.1.c del Real Decreto
620/1987, de 10 abril.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, potestativamente, y en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su notificación, recurso
de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, conforme
al artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero), o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con
lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/98 de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de noviembre de 2001
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
A N E X O
Identificación: Cuna de tipo balancín. Técnica:
Hierro fundido con adornos de latonería.
Medidas: 640x180x1050 mm.
Fecha: 1912-1913.
Identificación: Camisón de novia.
Técnica: Lino con costuras a máquina y bordado a mano.
Medidas: 123x109,5x55 mm.
Fecha: Principios del siglo XX. |