| ORDEN
de 7 de febrero de 2002, por la que se acepta la donación
a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un
bien mueble integrante del Patrimonio Histórico.
(BOJA 31 de 14 de marzo de 2002)
Doña María Virginia Nogué Vallejo oferta la
donación de la obra "Aldeana de Avila" de José
Nogué Massó (1880-1973), que se relaciona en Anexo.
El bien que se dona a la Comunidad Autónoma de Andalucía
para su destino en el Museo de Jaén es de gran interés
para los fondos de este Museo, ya que completa las colecciones existentes
de este autor en el Museo con una técnica, la del grabado,
hasta este momento no representada.
El Museo Jaén informa con fecha 14 de marzo de 2001sobre
el interés del bien ofertado. Con fecha 17 de abril de2001
informa favorablemente la Comisión Andaluza de Bienes Muebles
sobre la idoneidad del mencionado bien para el Museo de Jaén,
formalizándose la oferta por la propietaria con fecha 3 de
octubre de 2001.
La Ley 1/1991, de 3 julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
en su artículo 91.1, faculta a la Consejería de Cultura
para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación
queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto
del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Por lo expuesto, vistos los informes mencionados, y a propuesta
de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico
de 6 de febrero de 2002,
R E S U E L V O
Primero. Aceptar la donación del bien denominado "Aldeana
de Avila" de José Nogué Massó (1880-1973),
relacionado en Anexo, dispuesta por doña María Virginia
Nogué Vallejo, y del que se toma posesión en este
acto por la Consejería de Cultura.
Segundo. Adscribir y depositar el citado bien en el Museo
de Jaén, cuyo Director levantará acta de recepción
definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de
aceptación de la donación. Consecuentemente, el bien
ingresará en el Museo de Jaén en concepto de depósito
de la Junta de Andalucía, que lo acuerda en su calidad de
Administración gestora y en virtud a lo dispuesto en el artículo
9.1.c) del Real Decreto 620/1987, de 10 abril.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, potestativamente y en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su notificación, recurso
de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, conforme
al artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero),o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de acuerdo con
lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/98, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 7 de febrero de 2002
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
A N E X O
Autor: José Nogué Massó.
Título: Aldeana de Avila.
Técnica: Grabado a punta seca. Nº serie 3/5. Medidas:
Hoja 59,2 x 39 cm. Plancha: 49,5 x 32 cm.
Fecha: H. 1945.
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