| ORDEN
de 6 de febrero de 2002, por la que se acepta la donación
a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un
lote de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico.
(BOJA 31 de 14 de marzo de 2002)
Doña Ana Mª Seco de Lucena Vázquez oferta la
donación de un fondo documental del diario "El Defensor
de Granada" (1880-1941) reunido por don Luis Seco de Lucena,
fundador y director del mencionado diario. El fondo documental,
que se dona a la Comunidad Autónoma de Andalucía para
su destino en el Museo Casa de los Tiros de Granada, es de gran
interés para los fondos de este Museo, ya que completa los
fondos hemerográficos relativos a este período de
la historia de Granada.
El Museo Casa de los Tiros de Granada informa con fecha15 de marzo
de 2001 sobre el interés del fondo documental ofertado. Con
fecha 12 de noviembre de 2001 informa favorablemente la Comisión
Andaluza de Bienes Muebles sobre la idoneidad del mencionado fondo
para el Museo Casa de los Tiros de Granada, formalizándose
por la titular definitivamente la donación con fecha 11 de
diciembre de 2001.
La Ley 1/1991, de 3 julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
en su artículo 91.1, faculta a la Consejería de Cultura
para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación
queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto
del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Por lo expuesto, vistos los informes mencionados, y a propuesta
de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico
de 5 de febrero de 2002,
R E S U E L V O
Primero. Aceptar la donación del fondo documental
del diario "El Defensor de Granada" (1880-1941) reunido
por don Luis Seco de Lucena, fundador y director del mencionado
diario, y dispuesta por doña Ana M. Seco de Lucena, y del
que se toma posesión en este acto por la Consejería
de Cultura.
Segundo. Adscribir y depositar el citado fondo documental
en el Museo Casa de los Tiros de Granada, cuyo Director levantará
acta de recepción definitiva, en la que se mencionará
la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente,
el fondo documental ingresará en el Museo Casa de los Tiros
de Granada en concepto de depósito de la Junta de Andalucía,
que lo acuerda en su calidad de Administración gestora y
en virtud a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Real Decreto
620/1987, de 10 abril.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, potestativamente y en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su notificación, recurso
de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, conforme
al artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero),o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de acuerdo con
lo previsto en los artículos 10 y 46de la Ley 29/98, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de febrero de 2002
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
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