| Por Orden 17 de febrero de 1997
(BOJA nº. 37, de29.3.97), se reguló el procedimiento
para la concesión de subvenciones a los Museos. Por todo
ello, en el marco de las funciones atribuidas esta Consejería
y con el fin de impulsar la formación y el desarrollo de
la Red de Museos Andaluces, así como garantizarla protección
del patrimonio cultural andaluz, la Consejería de Cultura
como continuación a la política de subvenciones realizada
en ejercicios anteriores considera de interés la concesión
de subvenciones a Museos.
El artículo 13 de la Orden arriba referenciada delegó
en el titular de la Dirección General de Instituciones del
Patrimonio Histórico la competencia de convocatoria anual
de dichas subvenciones.
Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que tengo conferidas,
D I S P O N G O
Se convoca la concesión de subvenciones a Museos para el
año 2001, de acuerdo con la siguientes bases:
1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura en el
Anexo I y se dirigirán a la Excma. Sra. Consejera de Cultura,
pudiéndose presentar en el Registro de las Delegaciones Provinciales
de la Consejería de Cultura o por cualesquiera de los cauces
previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
2. será requisito indispensable el cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 9.5 del Decreto 284/1995, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
3. La concesión de las ayudas está limitada por el
crédito que se destine a las mismas, en función de
las disponibilidades presupuestarias y se destinarán a:
- Museos dependientes de Corporaciones Locales.
- Museos dependientes de fundaciones, patronatos o asociaciones
privadas.
4. En lo referente al procedimiento, plazo de presentación
de solicitudes, documentación y demás extremos para
la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden
de 17 de febrero de 1997, por la que se regula el procedimiento
para la concesión de subvenciones a museos (BOJA nº.
37, de 29.3.97).
5. No podrá resolverse la concesión de subvenciones
y ayudas a beneficiarios sobre los que haya recaído resolución
administrativa o judicial firme de reintegro hasta que sea acreditado
su ingreso.
Asimismo, no podrá proponerse el pago de subvenciones a beneficiarios
que no hayan justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas
con anterioridad.
6. Los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados a
hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe
de la actividad u objeto de la subvención que la misma está
subvencionada por la Consejería de Cultura. Asimismo, en
las subvenciones financiadas por los fondos comunitarios, los
beneficiarios deberán cumplir con las disposiciones que sobre
información y publicidad se dicten por la Unión Europea.
7. serán criterios prioritarios par el año 2001:
- Inversiones en equipamiento técnico.
- Mejora de las instalaciones.
- Medidas de conservación preventiva y de protección
y difusión de los fondos de los Museos.
-
Sevilla, 20 de junio de 2001.- La Directora General,
M.„ del Mar Villafranca Jiménez.
ANEXO I
Denominación del Museo:
Institución gestora:
SOLICITUD DE SUBVENCION
El solicitante don/doña ..............................................,
con NIF ................, en representación del Organismo
o Institución (en su caso) ........................................................,
con CIF ............. y domicilio en ........................................,
calle ..........................................., nº. ....,
C.P. ............, provincia ................................, teléfono
..........., fax .........
E X P O N E :
Que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de .........................,
por la que se convocan subvenciones a los Museos para el año
2001, acompaña esta solicitud con la documentación
requerida en la Orden de 17 de febrero de 1997 (BOJA nº. 37,
de 29 de marzo de 1997), de la Consejería de Cultura, que
regula las subvenciones para museos, en su artículo 3.
Asimismo, que los datos de identificación económica
y fiscal son los siguientes:
Organismo o Institución: .............................................
CIF: ............. Calle ............................................,
nº. .... Agencia Bancaria: ............................................................
Domicilio: ..........................., nº. c/c ...........................,
por lo que
S O L I C I T A :
Le sea concedida una subvención de ............... ptas.,
para:
- Inversiones en equipamiento.
- Mejora de las instalaciones.
- Medidas de conservación preventiva y de protección
y difusión de los fondos de los Museos.
.................., a ... de ............... 2001
El responsable de la Institución u Organismo,
Fdo.
ANEXO II
MODELO DE ACEPTACION
Don/Doña ......................................, con NIF
............. y domicilio en ..........., calle ................................,
nº. ..., teléfono ............ En calidad de ..........................................
E X P O N E :
Que habiéndose concedido por Resolución de fecha ................
de 2001 una subvención de .................. ptas., para
la realización de la actividad de ................................,
acepta dicha subvención y se compromete al cumplimiento de
todas las obligaciones recogidas en la Orden de 17 de
febrero de 1997, por la que se regula el procedimiento para la concesión
de subvenciones a Museos (BOJA nº. 37, de 29.3) y en la legislación
que le sea de aplicación.
En ................, a ... de ............ 2001.
Excma Sra. Consejera de Cultura.
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