ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DE 5 DE JUNIO DE 1989, POR LA QUE SE FIJAN LOS PRECIOS QUE HAN DE REGIR EN LOS MUSEOS, ARCHIVOS Y CONJUNTOS ARQUEOLÓGICOS Y MONUMENTALES PARA VISITA DE PÚBLICO Y REPRODUCCIONES GRÁFICAS.

(BOJA núm. 52 de 4 de julio)

 


 

De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988 de 5 de julio, y los artículos 1 y 7 del Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Consejería de Cultura a la percepción de los precios públicos por las visitas a los Museos y Conjuntos Arqueológicos y Monumentales, y reproducciones gráficas en dichas instituciones y Archivos, previo informe de la Consejería de Hacienda, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

 

D I S P O N G O:

 

Que los precios públicos que regirán en los Archivos, Museos y Conjuntos Arqueológicos y Monumentales para las visitas del público y las reproducciones gráficas serán las que se detallan en los Anexos I y II.

 

Sevilla, 5 de junio de 1989.

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

 

ANEXO I

 

Precio de la visita a Museos y Conjuntos Arqueológicos:

1. Visitantes españoles y ciudadanos de la CEE....... Visita gratuita.

2. Visitantes extranjeros .............. 250 pesetas visita.

3. Sinagoga de Córdoba ............. 50 pesetas visita.

 

ANEXO II

 

ARCHIVOS

La Orden de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, de 7 de octubre de 1991, derogó los precios públicos establecidos para los Archivos, estableciendo los siguientes:

Fotocopias DIN A4 10 ptas/copia

Fotocopias DIN A3 y otros 14 ptas/copia

Fotocopia de microfilm DIN A4 25 ptas/copia

Fotocopia de microfilm DIN A3 30 ptas/copia

Reproducciones en microficha 500 ptas/unidad

Reproducciones en microfilm 12 ptas/fotograma

Fotografía de documentos 50 ptas/unidad

 

MUSEOS Y CONJUNTOS ARQUEOLÓGICOS

Fotografía de fondos 2000 pesetas unidad

Reproducción en publicación 5000 pesetas unidad

Reproducción para postales o soporte publicitario 10000 pesetas unidad

Filmación diapositivas y vídeos 15000 pesetas

Reproducción de películas y vídeos con fines comerciales 40000 pesetas

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