El artículo 55 de la Ley 10/1994, de 8 de julio, de Museos
de Castilla y León establece en su apartado 2 que la aceptación
en nombre de la Comunidad Autónoma de Castilla y León
de las donaciones, herencias y legados compuestos exclusivamente
por los bienes culturales de titularidad privada susceptibles de
ser integrados en las colecciones de los museos, que se hagan en
favor de la Comunidad con el fin específico de ser custodiados
o exhibidos en museos, corresponderá a la Consejería
competente en materia de cultura, sin perjuicio del cumplimiento
de las demás disposiciones establecidas en la legislación
sobre patrimonio de la Comunidad.
Siendo la Consejería de Educación y Cultura quien
asume las funciones en materia de cultura, es necesario desarrollar
el artículo de la Ley de Museos ya citado, otorgando a la
titular de dicho órgano la facultad de aceptar dichas donaciones,
herencias o legados.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Educación
y Cultura y previa deliberación de la Junta de Castilla y
León, en su reunión de 30 de noviembre de 1995,
DISPONGO:
Artículo único. 1. La aceptación, en
nombre de la Comunidad de Castilla y León, de donaciones,
herencias y legados compuestos exclusivamente por bienes culturales
de titularidad privada, susceptibles de ser integrados en las colecciones
de los museos gestionados por la Comunidad, corresponderá
a la Consejera de Educación y Cultura, quien resolverá
mediante Orden, previo informe del Director General de Patrimonio
y Promoción Cultural.
2. El procedimiento de aceptación se iniciará mediante
acta provisional de depósito.
3. El plazo máximo para resolver el expediente será
de tres meses. Si hubiera transcurrido dicho plazo sin haber dictado
resolución expresa, se podrá entender que se aceptan
los fondos, pasando a formar parte del patrimonio de la Comunidad.
4. La aceptación de herencias se entenderá hecha
siempre a beneficio de inventario.
DISPOSICION FINAL
Se faculta a la Consejera para dictar cuantas disposiciones se
consideren necesarias en desarrollo del presente Decreto.
El Presidente de la Juntade Castilla y León,
Fdo.: Juan José Lucas Jiménez
La Consejera de Educación y Cultura,
Fdo.: Josefa Eugenia Fernández Arufe
ANEXO
ACTA DE DEPÓSITO DE BIENES CULTURALES
Asistentes: ...................................................
Reunidos los asistentes a las horas del día ......... ,
de.............................. de ..........................
D.
......................................................................................
hace entrega de ...................................................
al
Directoria del Museo, en calidad de depósito, que queda
pendiente de su aceptación por la Consejería de
Educación y Cultura, recibiendo el número
...........................
Y para que conste a los efectos oportunos se firma el
presente documento en el lugar y fecha ya indicados.
El Receptor,
Fdo.:
El Entregador,
Fdo.: